Crisis en Chile: ¿Qué hacer en caso de siniestro?

Por Andrés Alcalde y equipo RCML.

Los seguros juegan un rol muy importante para financiar la reconstrucción y recuperar el negocio de una empresa tras un evento de daño o pérdida. Para esto es muy importante que el asegurado siga una serie de pasos para denunciar su siniestro y obtener el pago de la indemnización correspondiente.

EL ROL DE LOS SEGUROS

La crisis social y política de octubre 2019 ha gatillado una serie de eventos de pérdida y daño a bienes públicos y privados. Si trazamos una línea de tiempo, podemos identificar cuatro etapas tanto antes como después de la ocurrencia del evento:

1. Anterior al evento, la Preparación: se deben realizar una serie de actividades de prevención y de aumento de la resiliencia de la organización.
2. Después de la ocurrencia del evento, Respuesta a la Emergencia: se implementan una serie de acciones destinadas a proteger a las personas, los activos y el medioambiente.
3. En forma simultánea, se activa la etapa de Manejo de la Crisis y Comunicaciones donde el foco es el mando y control de la organización y la protección de su reputación e imagen. Un comité de manejo de crisis se encarga de tomar las decisiones más inmediatas, fijar la dirección y manejar las comunicaciones con las audiencias externas e internas.
4. Finalmente, Recuperación del Negocio, donde el foco es la reparación o reconstrucción de los activos dañados y el restablecimiento de los procesos y actividades de la organización.
En términos financieros, la organización debe contar con los recursos para abordar adecuadamente cada una de estas etapas. Sin duda la etapa donde se necesita más recursos es la Recuperación del Negocio y para esto es que las empresas contratan seguros de bienes físicos y perjuicios por paralización (lucro cesante). La idea es que la organización recupere el nivel al cual se encontraba antes del evento.

LOS SINIESTROS

Ocurrido un evento de pérdida o siniestro, la empresa asegurada debe informar al asegurador dentro de los plazos establecidos en la respectiva póliza. En general, las empresas contratan seguros en base a condicionados redactados a la medida para su negocio por lo que no están basados en condiciones estándares o modelos de pólizas depositados en la Comisión para el Mercado Financiero, órgano regulador del mercado de seguros en Chile.

Incluso más, estos condicionados normalmente toman como modelo los condicionados del mercado de reaseguro de Londres los cuales han sido traducidos y adaptados a la legislación chilena. La normativa del mercado de seguros permite el uso de condicionados a la medida cuando el asegurado sea una empresa y la prima sea mayor a UF 200 (cerca de US$ 7.300). Para esto, la póliza debe ser firmada por el asegurado en señal de aceptación y conformidad.
Dado lo anterior, es muy importante que el asegurado lea el condicionado y conozca sus obligaciones tanto en relación a la información que debe entregar a la aseguradora como al procedimiento en caso de siniestro. Para esto, los asegurados normalmente contratan los servicios de asesores expertos en gestión de riesgos y siniestros.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

Pasos a seguir en caso de existir daños:

i. Realizar un registro fotográfico de todos los daños.
ii. Realizar reparaciones urgentes o provisorias, con el fin de recuperar la seguridad del lugar y evitar mayores daños o pérdidas.
iii. Realizar una limpieza y remoción de escombros, pero no deshacerse de los restos hasta que los inspeccione el liquidador nombrado por la compañía de seguros.
iv. Preparar documentación de respaldo respecto al dominio y tenencia de los bienes afectados.
v. Crear una cuenta de gastos.
vi. Guardar todos los respaldos de los gastos que se deba incurrir.
vii. Realizar denuncio del siniestro al asegurador. La ley dice que éste debe realizarse dentro del plazo más breve posible. Algunas pólizas de seguros de hogar fijan un plazo de 5 días corridos. El denuncio también puede ser dado a través de su corredor de seguros.
viii. Mantener siempre informado al asegurador. Durante la tramitación del siniestro, el asegurado debe ir aportando toda la nueva documentación que surja (facturas, informes, etc.).
ix. Informar a la aseguradora de los recuperos. Si una vez ocurrido el siniestro el asegurado obtuviera alguna cantidad monetaria por parte del responsable del daño o recuperase algún bien, deberá comunicarlo al asegurador.
x. Comunicar a los perjudicados la existencia del seguro. El cumplimiento de este deber beneficia al tercero perjudicado, a quien el asegurado debe informar de la existencia de un seguro que garantiza los daños.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EFECTUAR EL DENUNCIO DEL SINIESTRO

a) Carta del asegurado relatando los hechos relevantes en la ocurrencia del siniestro, incluyendo descripción del origen y extensión del siniestro, fecha de ocurrencia del siniestro, dirección afectada o lugar del siniestro, teléfono y persona de contacto para coordinar la solicitud de antecedentes o información, nombre y RUT del asegurado, nombre y datos del denunciante.
b) Certificado de bomberos (en caso de incendio).
c) Parte de Carabineros o comprobante de denuncia en Fiscalía del Ministerio Público (en caso de robo o saqueo). El asegurador o el liquidador, se reservan el derecho de solicitar antecedentes adicionales.


INSPECCIÓN DEL INMUEBLE O BIEN AFECTADO

El inmueble siniestrado deberá ser inspeccionado en un plazo no superior a 10 días hábiles contados desde la recepción del denuncio en el asegurador.
Plazo para liquidación y pago de la indemnización.

El plazo de pago de la indemnización no podrá ser superior a 6 días hábiles, contados desde la notificación de la aceptación del asegurador de la procedencia del pago de la indemnización. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos totales de liquidación nunca podrán exceder los señalados en el Decreto Supremo N°1055 de 2012, esto es 45 días corridos contados desde la fecha del denuncio del siniestro o 90 días corridos para siniestros que correspondan a contratos de seguros individuales sobre riesgos del primer grupo (generales o no vida) en que el monto de la prima anual sea superior a 100 UF.

Excepcionalmente, siempre que las circunstancias lo ameriten, los plazos podrán prorrogarse sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que fundamentan la prórroga e indicando las gestiones concretas y específicas que en cada caso objeto de la prórroga, se realizarán para dar curso a la liquidación.

SOBRE RISK & CRISIS MANAGEMENT LATINAMERICA
Risk & Crisis Management Latin America fue fundada en 2011, por un grupo de académicos y empresarios chilenos y estadounidenses que vieron la necesidad de difundir en Chile el concepto de anticipación y prevención de potenciales crisis en empresas y organizaciones. Actualmente, las empresas se enfrentan a potenciales riesgos que pueden o no ser parte de su core business. En este contexto, RCML ha adaptado al mercado probadas metodologías de prevención y gestión de crisis que ha aplicado con éxito en múltiples empresas de diferentes industrias.

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